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TE Trans ErnioGestión de documentos
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Fuentes oficiales del Estado

Normativa DeCA

Una guía clara para entender qué regula el documento de control, qué debe contener y cómo debe poder mostrarse durante una inspección.

Referencias revisadas11 de agosto de 2026
Información y acceso a las fuentes, no certificación jurídica

Esta página resume la normativa para facilitar su consulta. No sustituye la publicación oficial ni afirma que un documento concreto haya sido validado por la Administración. El propio BOE advierte de que sus textos consolidados son informativos; ante cualquier diferencia prevalece la publicación oficial.

01Contenido del documentoOrden FOM/2861/2012 02Documento electrónicoResolución de 5 de junio de 2026 03Obligatoriedad digitalLey 9/2025

BOE-A-2013-154

Orden FOM/2861/2012

Documento de control administrativo para el transporte público de mercancías por carretera.

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Art. 2

Exenciones y otros documentos

Recoge transportes exceptuados y permite que otra documentación válida sirva como documento de control si contiene todos los datos esenciales.

Leer el artículo 2 en el BOE ↗
Art. 4

Quién contrata y quién transporta

Diferencia al cargador contractual del transportista efectivo, que es el titular de la autorización bajo cuyo amparo se realiza materialmente el transporte.

Leer el artículo 4 en el BOE ↗
Art. 6

Datos esenciales del documento

Exige identificar cargador contractual y transportista efectivo, origen, destino, mercancía, peso o magnitud alternativa, fecha, matrículas y autorización especial cuando corresponda.

Abrir exactamente el artículo 6 en el BOE ↗
Art. 7

Responsabilidad de los datos

Distribuye las obligaciones sobre la exactitud de la información y la formalización del documento entre los sujetos intervinientes.

Leer el artículo 7 en el BOE ↗
Art. 8

Copias

Regula los ejemplares para cargador contractual y transportista efectivo y la copia que acompaña al transporte.

Leer el artículo 8 en el BOE ↗
Art. 9

Conservación

Obliga a conservar una copia legible e íntegra, a disposición de la Inspección de Transporte Terrestre, durante al menos un año.

Leer el artículo 9 en el BOE ↗

Publicada en el BOE núm. 5, de 5 de enero de 2013. Texto consolidado actualizado el 28 de marzo de 2026. Ficha completa BOE-A-2013-154.

BOE-A-2026-12784

Resolución de 5 de junio de 2026

Características de los sistemas y documentos electrónicos de control administrativo.

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1.º

Sistema y creación previa

Los datos deben transformarse en un fichero electrónico antes del inicio efectivo del servicio, registrando fecha y hora de creación y modificación.

Abrir el apartado primero ↗
2.º

PDF nativo y QR

El fichero debe ser PDF nativo, legible, no superar 5 MB, incorporar metadatos y contener un QR con su URL única.

Abrir el apartado segundo ↗
3.º

URL HTTPS directa

La dirección debe usar HTTPS y permitir la descarga directa del PDF sin credenciales, botones ni interacciones que impidan la inspección.

Abrir el apartado tercero ↗
5.º

Rectificaciones

Permite modificar el PDF conservando los datos anteriores como no válidos y el motivo, o crear otro fichero manteniendo la trazabilidad.

Abrir el apartado quinto ↗
6.º

Varios envíos

Se pueden agrupar servicios cuando coinciden cargador contractual y transportista efectivo, individualizando recorrido y mercancía de cada envío.

Abrir el apartado sexto ↗
7.º

Copia para carretera

Antes de comenzar, el conductor debe disponer del DeCA o su QR en dispositivo móvil o en papel para mostrarlo durante la inspección.

Abrir el apartado séptimo ↗

Publicada en el BOE núm. 143, de 12 de junio de 2026. Ficha completa BOE-A-2026-12784.

BOE-A-2025-24545

Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible

Su disposición transitoria octava establece que el documento de control regulado por la Orden FOM/2861/2012 deberá ser necesariamente digital a los diez meses de la entrada en vigor de la ley.

Abrir la disposición transitoria octava en el BOE Ver la ley completa
PDF

Referencias dentro de cada PDF

Los documentos generados incluyen de forma discreta enlaces clicables al artículo 6 de la Orden y a los requisitos técnicos de la Resolución de 2026. El QR continúa reservado exclusivamente para la URL directa del documento.

Normativa DeCA y fuentes oficiales Referencias directas al BOE
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